Los magistrados entendieron que no existía una amenaza concreta a la libertad de circulación y confirmaron la sentencia que entendió que el aislamiento dispuesto por el Coronavirus era legítimo y razonable.
La jueza nacional María Pilar Rebaudi Basavilbaso no hizo lugar a la acción por daños y perjuicios promovida por el ex funcionario público contra la dirigente de la Coalición Cívica.
La sentencia consideró que los accionantes no estaban legitimados dado que, para litigar, primero hay que obtener una respuesta negativa estatal al pedido de datos.